PROGRAMA EDUCATIVO PARA MENORES INFRACTORES E INSERCIÓN SOCIAL AUTÓNOMA "PREMISA"


 

 

El Programa de Libertad Vigilada y Apoyo a la Autonomía e Inserción de Menores Infractores tras Internamiento (PREMISA) es resultado del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior y la Asociación GINSO.

Objetivos:
Desarrollar estrategias integradas que posibiliten el cumplimiento de las medidas.

Llevar a cabo acciones de apoyo y seguimiento.

Diseñar programas de actividades.

Poner en práctica un plan de inserción consistente en acciones educativas de intervención social, personal y laboral.

Establecer líneas de cooperación con los recursos de la comunidad.

Facilitar y potenciar la inserción real de los menores/jóvenes.

Ejecutar unas medidas de apoyo sobre las que paliar los problemas ligados a la exclusión sociolaboral: vivienda, sanidad, protección social y acceso a otros servicios públicos.

Ejecutar medidas de mediación y dinamización con los recursos de la comunidad, a fin de dar una respuesta efectiva a la problemática de los menores, favoreciendo así la integración de los jóvenes en su entorno socio-familiar.

Favorecer la inserción laboral mediante la orientación, acompañamiento y seguimientos
de los menores/jóvenes.

NIVEL 1 DE INTERVENCIÓN

Se incluirán en este nivel aquellos menores que durante el internamiento han contactado con medio abierto, mediante la asistencia a recursos educativos o laborales, demostrando autonomía y responsabilidad en su proceso educativo.

NIVEL 2 DE INTERVENCIÓN

Aquellos menores que durante el internamiento no han podido desarrollar actividades en medio abierto. En tal caso, la intervención debe incidir en el proceso de reinserción socio-laboral, para lo cual el técnico tendrá un mayor nivel de intervención, estableciendo conjuntamente con el menor, un proyecto vital a corto y medio plazo, incidiendo en la necesidad de inserción laboral o educativa, según cada caso.

NIVEL 3 DE INTERVENCIÓN. PROGRAMA DE APOYO Y SOPORTE EN LA EJECUCIÓN DE LA MEDIDA DE LIBERTAD VIGILADA.

Se trata del nivel de mayor intervención, se incluirán aquellos jóvenes mayores de 18 años, que hayan tenido una evolución positiva en el desarrollo de la medida tanto durante el internamiento, como en la libertad vigilada, que destaquen por su nivel de implicación en su proceso reeducativo, con un correcto comportamiento y participación en los recursos educativo y/o laborales en los que participe; pero que requieran para continuar con su reinserción un soporte económico y personal, durante un determinado periodo de tiempo, necesario para conseguir su total autonomía.

El soporte consistirá en las siguientes actuaciones:

Búsqueda de vivienda.

Desplazamiento o ayuda económica para el traslado al lugar de trabajo.

Búsqueda activa de empleo para la pareja o familiares.

Ayuda económica para el pago del primer mes de alquiler de la vivienda y en su caso sucesivas mensualidades.

Préstamo económico para sufragar la cuota de fianza de la vivienda.

Ayuda económica para los gastos de manutención y otras necesidades.

Derivación a cursos de capacitación de interés para el menor/joven en función de las circunstancias.

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Ley 5/2000 Reguladora de la Responsabilidad Penal del Menor

Reglamento de la Ley Orgánica 5/2000, 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores

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